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lunes, 26 de junio de 2017

AYUDA DE LIBROS PARA EL CURSO 2017/2018 "RESOLUCIÓN PROVISIONAL"

Con fecha 23 de junio se ha publicado la Propuesta Resolución Provisional que contiene la relación de solicitudes concedidas y denegadas en virtud del Decreto 30/2017 de 11 de abril, que regula la concesión directa de subvenciones consistentes en el uso de libros de texto por el alumnado de Educación Primaria y Secundaria Obligatoria matriculado en centros públicos y privados concertados de Castilla-La Mancha correspondiente al curso 2017/18.

La publicación de la resolución la pueden consultar en el Portal de Educación > Alumnado y Familia > Materiales Curriculares > Materiales Curriculares.Curso 2017/2018 > Uso de libros de Texto. Régimen de préstamo gratuito > PROPUESTA DE RESOLUCIÓN PROVISIONAL DE SOLICITUDES CONCEDIDAS Y DENEGADAS

En el enlace:

Podéis  el seguimiento del estado de la solicitud en la plataforma PAPÁS (https://papas.educa.jccm.es/papas/cid:image002.gif@01D120A3.B1E09AA0), con la clave que utilizasteis  para presentar la solicitud, enMis trámites > Mis Solicitudes > pinchar en el alumno/a y seleccionar “datos de la solicitud”.

La información se muestra en la columna “Resultado”, y puede ser: Concedida Tramo I o Concedida Tramo II o Denegada.

A los solicitantes que resulten con solicitud CONCEDIDA los libros de textoque forman el “Lote de ayuda” establecido por su centro para cada tramo de ayuda y nivel educativo en función de las cuantías máximas recogidas en el artículo 27 del Decreto 30/2017,  les serán entregados por el centro educativo al comienzo del curso 2017/18.

En el caso de que el solicitante realice escrito de alegaciones, este podrá ser presentado desde el 26 de junio al 07 de julio de 2017, ambos incluidos, utilizando el documento adjuntado “ESCRITO DE ALEGACIONES….”dirigidas a las respectivas Direcciones Provinciales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes. Deben marcar el tipo de alegación que presentan, si es por “Denegación” o por “Sobrevenida”.
Las denegaciones por falta de acreditación de la renta 2015 de al menos un tutor deben ser subsanadas mediante la aportación de la documentación que justifique el cumplimiento de TODAS las causas de denegación comunicadas para la solicitud. La documentación acreditativa se encuentra descrita en el apartado b), del artículo 8 del Decreto 30/2017 que regula la convocatoria

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